3. Al recibo de la solicitud a que se refiere el apartado 1, la Parte requerida adoptará las medidas conducentes a obtener la detención del reclamado. La Parte requirente será informada del curso de su solicitud. 2. La inmunidad prevista en el precedente apartado cesará cuando el testigo o https://paises-sin-extradicion98631.weblogco.com/28781189/new-step-by-step-map-for-extradición-méxico-españa